lunes, 5 de julio de 2010

LO QUE NO RESOLVERA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL

A estas alturas y cualquiera que sea el contenido o la fecha en que se publique, es muy probable que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el Estatuto de Cataluña deje muy abiertas y sin resolver cuestiones que se plantearon a la institución y otras adicionales que ha suscitado su misma actuación. Empezando por las últimas, no parece que el Tribunal vaya a ser capaz de disipar serias dudas sobre la idoneidad de sus miembros para enfrentarse a un asunto como el que han abordado. No se trata de la competencia técnica de cada uno de los magistrados que tendría que darse por supuesto
Será difícil que la sentencia disipe el desencuentro entre la opinión pública catalana y la española
Se trata de la capacidad del colectivo para comprender que la caducidad flagrante de algunos mandatos y la persistente dificultad para arribar a acuerdos ampliamente sustentados le recomendarían una prudente autocontención. Especialmente, en el momento de examinar un importante acuerdo político amparado por las correspondientes mayorías parlamentarias y por la preceptiva ratificación popular.
El hecho es que el recurso al Tribunal y su accidentado y dilatado tratamiento han abierto profundos interrogantes respecto del papel de la institución cuando acepta enfrentarse a un texto refrendado por la mayoría popular. Sea cual fuere la orientación de una eventual sentencia, seguirá sin respuesta convincente la pregunta sobre la procedencia de que sobre aquel refrendo ciudadano se imponga una decisión ulterior del Tribunal. Porque no dejará de ser también una decisión política aunque se formalice jurídicamente.
En lo sustantivo de la cuestión, será muy difícil que la sentencia disipe el denso clima de desencuentro entre una parte mayoritaria de la opinión pública catalana -no constituida sólo por independentistas- y una parte mayoritaria de la opinión pública -no sólo formada por conservadores- en el resto de España. El Estatuto de 2006 fue en su origen y en buena medida un intento para combatir aquel clima con una recuperación del espíritu que llevó al pacto constituyente de 1978. Ya sé que para algunos que se aferran de buena fe a un tipo determinado de positivismo constitucional no puede admitirse la existencia de tal pacto porque no reconocen a una de las partes. Evitar este reconocimiento me resulta tan ilusorio como evitar la referencia a España -y no sólo a su Estado- cuando se trata de identificar a un sujeto político de entidad política innegable.
El pacto de 1978 había visto desgastada su legitimidad ante la opinión pública catalana. En gran medida a causa de las interpretaciones restrictivas que sus disposiciones habían recibido por parte de las instancias estatales. El desgaste de la confianza en el acuerdo estatutario lo señalaban desde hacía tiempo importantes indicadores. De entrada, las mayorías electorales en Cataluña. Pero no solamente. Circuló en su momento la leyenda urbana de que el nuevo Estatuto era un objetivo impopular. Fue calificado a menudo como simple pretexto para satisfacer aspiraciones más o menos inconfesables de determinadas élites. Es-ta interesada leyenda urbana fue difundida generosamente pese a que los datos disponibles señalaban de manera persistente que más del 70% de la sociedad catalana reclamaba un mayor grado de autogobierno. Eran datos contrastados de forma reiterada por el Centro de Investigaciones Sociológicas y no sólo por instituciones catalanas.
Lo cierto es que, a lo largo de su gestación, el texto que dio lugar al nuevo Estatuto de 2006 fue objeto de sucesivas reducciones respecto de sus pretensiones originales. En el curso de una observancia escrupulosa del procedimiento constitucional, el proyecto experimentó sustanciosas modificaciones a la baja. A pesar de lo cual, el texto fue aceptado por muchos catalanes como el único posible en las circunstancias del momento.
Si la sentencia del Tribunal insiste ahora en reducir el alcance del acuerdo estatutario de 2006, nadie debería sorprenderse de que siga creciendo en nuestra escena política aquel oscuro clima de desafección al que se ha referido en más de una ocasión el siempre ponderado presidente Montilla. Esta desafección incorpora actitudes de alejamiento e indiferencia con efectos políticos innegables. Con respecto al sistema político catalán, pero también con respecto al sistema político español. Si las aspiraciones contenidas en el Estatuto sobrepasan cualquier interpretación posible de la Constitución, será más difícil para muchos seguir prestando su confianza al código de 1978.
Sin desembocar forzosamente en ruidosa hostilidad, es imposible ignorar que tal pérdida de confianza debilitaría el apoyo que cualquier sistema político necesita para conservar un grado suficiente de legitimidad. Es frecuente aludir a los déficits de legitimidad que padecen hoy nuestras democracias. Si bien es cierto que no le corresponde al Tribunal la responsabilidad exclusiva de compensarlos, tampoco puede permitirse contribuir a su agravamiento.
Se ha rumoreado también en algún momento que la moneda de cambio para frenar voluntades dispuestas a cercenar partes sensibles del Estatuto podría ser la amputación de lo que allí se establece con respecto a la administración de justicia. Si ahí estuviera efectivamente una moneda de cambio, sería más explicable por la presión de intereses corporativos que por el peso de argumentos sustantivos. Quienes han leído el texto comprueban su respeto a la unidad estatal del poder judicial y la clara exclusión de una "justicia autonómica".
El texto asegura la existencia de una magistratura cuya selección, designación, promoción, retribución, inspección y capacidad de control siguen en manos de órganos del Estado y no de la Comunidad Autónoma. En sólo 10 artículos dedicados a la justicia, son más de 20 las remisiones a la Ley Orgánica del Poder Judicial que el texto asume. Nada tiene que ver, por tanto, con una estructura jurisdiccional parecida a la que funciona en Alemania, Suiza o Canadá.
Si el Tribunal optara ahora por hincar el bisturí en aspectos laterales contemplados por el Estatuto al tratar de este asunto, tendríamos una nueva señal de que el inmovilismo corporativo sigue pesando sobre un servicio público de la justicia cuyos resultados -por decirlo benévolamente- dejan mucho que desear. Una situación que lastra también gravemente la credibilidad de la democracia española.
Son varias, pues, las cuestiones pendientes, todas ellas de calibre político más que notable. Puede afirmarse con fundamento que no cabe reclamar al Tribunal la solución de problemas de los que no puede ser considerado responsable. Pero es exigible que no sea un obstáculo para su resolución. O que no los agrave con sus actuaciones. Porque si lo hace, contribuirá a dificultar el inicio de un recorrido post-sentencia que sería deseable emprender por parte de quienes -en Cataluña y en el resto de España- quieren mantener todavía la expectativa de una relación menos incómoda y han resistido hasta ahora las tentaciones de una irreversible indiferencia o de una drástica ruptura.
Josep M. Vallès es catedrático de Ciencia Política y de la Administración en la UAB.
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El PAIS 25-11-09

LA SENTENCIA

La sentencia
Víctor Ferreres Comella
No es raro en otros países que jueces constitucionales anulen normas aprobadas por el pueblo en referéndum
La ciudadanía agradecería una lectura menos dramática de las consecuencias de esta sentencia
Por fin tenemos sentencia. Tras casi cuatro años de deliberaciones, el Tribunal Constitucional consiguió el pasado lunes resolver el recurso presentado por el Partido Popular contra el nuevo Estatuto de Autonomía de Catalunya. Aunque el texto de la sentencia no se publicará hasta dentro de unos días, el Tribunal ha dado a conocer el contenido de su resolución, por la que declara inconstitucionales 14 artículos, somete a determinadas interpretaciones otros 27, y avala el resto del Estatuto. Tiempo habrá para analizar con calma los razonamientos que han llevado al Tribunal a esta conclusión. De momento, cabe hacer algunas reflexiones.

En primer lugar, es una buena noticia que el Tribunal haya dictado finalmente esta sentencia. Es lamentable que haya tardado tanto, y que el procedimiento de discusión y votación haya sido tan atormentado. Pero habría sido peor que el Tribunal se hubiera mostrado incapaz de cumplir con su obligación, que era, sencillamente, determinar si el Partido Popular tenía o no razón, en términos jurídicos, cuando sostenía en su recurso que el Estatut contenía preceptos contrarios a la Constitución. Ningún experto sensato ha puesto en duda que el Tribunal, con la ley en la mano, tenía plena competencia para conocer de este asunto.

Es verdad que la aprobación del Estatut por dos Parlamentos (el catalán y el español), así como por la propia ciudadanía catalana en referéndum, obligaba al Tribunal a ser especialmente cuidadoso antes de decir no a un precepto estatutario. Pero la deferencia, la prudencia de un tribunal, no equivale a abdicación. Las instituciones deben cumplir con sus cometidos. Contrariamente a lo que han dicho algunos políticos, no es raro en otros países que los jueces constitucionales anulen normas que han sido aprobadas por el pueblo en referéndum.

En segundo lugar, al estudiar los diversos bloques de preceptos sobre los que se ha pronunciado el Tribunal, habrá que distinguir entre los aspectos más técnicos, y los menos técnicos. Respecto de los primeros, no parece que haya habido una gran división de fondo entre los magistrados del "grupo conservador" y los del "grupo progresista".

Así, por ejemplo, la conclusión de que el Estatut contiene normas inconstitucionales en la parte relativa al poder judicial ha sido apoyada por una amplísima mayoría de magistrados. Y es que, en efecto, no hace falta adscribirse a una ideología conservadora para darse cuenta de que el Estatuto de Catalunya puede regular las instituciones propias de la Generalitat, pero carece de competencia para regular (aunque sea de manera fragmentaria) la organización de las instituciones del Estado, como las que integran el poder judicial.

Con respecto a otros temas más delicados, como el relativo a la nación o a la lengua, las discrepancias entre los magistrados parecen haber sido más profundas, seguramente porque en estos asuntos la técnica jurídica es más frágil ante el embate de la política. No parece, sin embargo, con la información de la que disponemos en estos momentos, que el Tribunal Constitucional haya restringido de manera irrazonable las políticas públicas de protección y fomento de la lengua catalana.

En tercer lugar, el Partido Popular puede esgrimir con razón que ha tenido un éxito parcial con su recurso, pero tendrá que pedir excusas por no haber recurrido preceptos similares que figuran en otros estatutos, como el andaluz, a los que ha dado respaldo político.

Esta doble vara de medir es totalmente inaceptable. El argumento que ha dado el PP es que el Estatuto de Autonomía andaluz se aprobó con el consenso del Partido Socialista y del Partido Popular. Pero este argumento no es válido: el propio Partido Popular ha dicho reiteradamente que los estatutos deben respetar la Constitución, y que eso no depende de cuántos apoyos políticos hayan obtenido. Por su parte, los juristas tendremos que buscar fórmulas para poder extender a los otros estatutos la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional en su sentencia.

En cuarto lugar, es descabellada la idea de convocar un referéndum para que los ciudadanos fijen su posición tras la sentencia. Basta con plantearse cuál sería la pregunta a la que deberían responder para darse cuenta de que el referéndum sería un disparate. Algunos han dicho que los ciudadanos tienen derecho a pronunciarse acerca de si les gusta o no el Estatut rebajado, el que resulta del dictamen del Tribunal Constitucional. Probablemente, una gran mayoría diría que no, pero el problema es que la poda parcial que ha sufrido el Estatut ha sido necesaria para asegurar su encaje con la Constitución. Frente al Estatut parcialmente corregido por la sentencia, ¿cuál sería la alternativa? ¿Volver al Estatut de 1979?

Obviamente, eso supondría dar un paso atrás. El nuevo Estatut constituye un importante avance en muchos temas. Naturalmente, siempre se podrá hacer un nuevo Estatut. La sentencia no lo impide en absoluto. Pero seamos serios: ¿dónde está la fuerza política dispuesta a proponer a los sufridos ciudadanos que se inicie otra vez un proceso de reforma estatutaria?

Parece mucho más sensato aceptar los límites constitucionales que el Tribunal Constitucional ha señalado, y lograr por otras vías lo que se pretendía conseguir a través del Estatut. Así, por ejemplo, del mismo modo que no era necesario la reforma estatutaria para lograr un nuevo sistema de financiación autonómica, se puede conseguir una nueva configuración del poder judicial a través de las correspondientes leyes orgánicas. Existen muchas posibilidades abiertas. La ciudadanía agradecería una lectura menos dramática de las consecuencias de esta sentencia.
V. FERRERES COMELLA, profesor de Derecho Constitucional. Universitat Pompeu Fabra

LA SENTENCIA ES POLITICA O JURIDICA?

JOSEP RAMONEDA 01/07/2010 el pais


Como respuesta a las airadas reacciones que provienen de Cataluña, va emergiendo un discurso angelical que pide que la sentencia del Constitucional se analice en términos jurídicos y no políticos. Es una falsa alternativa. Porque la sentencia es forzosamente política ya en origen: corrige un texto legal aprobado en referéndum (lo que pone en duda la primacía de la soberanía popular); responde a un recurso político presentado por el PP, con el apoyo de una movilización ciudadana por toda España; y se ha dictado tras un proceso deliberativo lleno de sombras políticas.
Un dirigente socialista catalán me decía que es una sentencia pensada para dar satisfacción al PSOE y al PP. Es un modo de expresar la extrañeza que ha generado la repentina aceleración de la decisión judicial. En tres horas se ha encontrado la salida del laberinto que no había sido posible entrever en cuatro años. ¿Hubo pacto político previo entre los grandes partidos?
Pero además de política en su origen y en su gestación, lo es por sus consecuencias. La sentencia tiene un manifiesto carácter nivelador: tanto en el terreno de lo simbólico (nación, fiestas, himnos y compañía) como en el de lo práctico. En este sentido, restringe los artículos del Estatut que daban mayor autogobierno a Cataluña en materia de política económica y tributaria o en la organización del poder judicial, limita la relación bilateral y atiende a un criterio sistemático de reforzamiento de las normas de base del Estado. Con lo cual, genera efectos políticos inmediatos que se expresan en dos actitudes básicas. Dar por completado el Estado autonómico, que es lo que explica el triunfalismo del PSOE y la discreción del PP, entendiendo que esta sentencia dibuja el punto máximo de elasticidad de la Constitución. O dar por agotado el Estado de las autonomías, que es la interpretación que hacen las fuerzas políticas catalanas, incluido el presidente Montilla -con la excepción del PP y un sector importante del PSC que sigue creyendo que su prioridad es gobernar en España y no en Cataluña-.
La sentencia llega a la política catalana en vigilias electorales. Son una excelente oportunidad para que cada partido defina sus estrategias ante esta nueva fase, que podemos denominar posautonómica o pospujolista (en la medida en que evidencia el agotamiento del posibilismo del que el presidente Pujol hizo un estilo). CiU, a la que viene de perillas la sentencia para pedir un Gobierno fuerte en su intento de alcanzar la mayoría absoluta, ya ha colocado el referéndum sobre el concierto económico como enseña de esta nueva etapa soberanista. El presidente Montilla ha situado en la defensa de los pactos entre Cataluña y España, surgidos durante la Transición, y el Estatut, como última formulación de los mismos, como estrategia para recuperar el espíritu que el TC ha liquidado. Iniciativa per Catalunya pide un referéndum para que la ciudadanía se pronuncie sobre el Estatut corregido, que inevitablemente se convertiría en un ensayo de autodeterminación. Y Esquerra Republicana insiste en la independencia, convencida de que el argumento gana enteros ante el bloqueo del Estado autonómico y la imposibilidad del sueño federal. El PP, por supuesto, intentará la cuadratura del círculo: aparecer como defensores del nuevo Estatuto, tratando de hacer olvidar que presentaron un recurso para cargárselo de arriba abajo, que incluso el Constitucional ha considerado excesivo.
Estas son las consecuencias políticas, de una sentencia inevitablemente política. Tan política que pone de manifiesto una de las grandes lacras de la sociedad española: el corporativismo. Es enternecedor que las tijeras del alto tribunal hayan sido especialmente contundentes en los artículos referidos al poder judicial. Nadie quiere ceder un milímetro de poder.
Vienen ahora los días de las protestas y de los actos de ritual: pleno del Parlamento catalán, declaración oficial, apariencia de unidad (inevitablemente precaria en vigilias electorales) y manifestación convocada por la sociedad civil. Servirán para medir los estados de ánimo, pero inmediatamente se impondrá la realidad de la política cotidiana, es decir, de los distintos intereses partidarios. CiU, instalada en las ambigüedades del soberanismo, tiene prisa para recuperar el poder y acumular capital político, frente al PSOE como frente al PP, cara a futuras mayorías parlamentarias. El Gobierno de izquierdas busca reencontrar un momento de unidad que no está claro que alcance más allá de la manifestación de la semana que viene.
Con todo, la pregunta política es: ¿serán capaces los principales partidos catalanes -y especialmente CiU y PSC- de pactar un mínimo compartido para tratar de recuperar juntos -es decir, con unidad parlamentaria también en Madrid- lo perdido? ¿Federalismo o independencia? Esta es la cuestión. Y el federalismo sale tocado de este envite. Lo han declarado imposible.
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INCONSTITUCIONALIDAD PREVENTIVA

JOAN B. CULLA I CLARÀ 02/07/2010 EL PAIS


Quienes, ante el referéndum de junio de 2006, defendimos que, incluso tras sufrir el "cepillado" del que se vanaglorió Alfonso Guerra, el nuevo Estatuto representaba un paso adelante en el autogobierno y en el reconocimiento simbólico de Cataluña, sustentábamos esa creencia sobre cinco o seis pilares: la presencia en el preámbulo del concepto nación (aunque ya sabíamos que los preámbulos no tienen valor normativo); la equiparación jurídica entre catalán y castellano en cuanto al deber de conocer ambas lenguas; la introducción de un cierto principio de bilateralidad en las relaciones entre la Generalitat y el Estado; el freno al expansionismo de la legislación básica estatal, que había ido laminando las competencias del Estatuto de 1979; el compromiso de equidad entre el esfuerzo fiscal catalán y el de las demás comunidades autónomas, y, en fin, el nacimiento de un esbozo de poder judicial catalán.



Tras jugar siete años a los almogávares, ya no podemos, bajo el peso de la derrota, transmutarnos otra vez en fenicios
Pues bien, la sentencia conocida el pasado lunes dinamita metódicamente todos y cada uno de esos pilares. Siendo así, resulta un insulto a la inteligencia que, desde el sector soi-disant progresista del Tribunal Constitucional, desde el Gobierno central o desde el PSOE, se diga que el Estatuto ha quedado "incólume", que ha sido "avalado en su práctica totalidad" y que aquí el único derrotado es el Partido Popular. Otro tanto cabe decir de esas lecturas cuantitativistas según las cuales se ha validado la constitucionalidad "del 95% del texto", como si el recorte estatutario fuese el de una pieza de tela, que se mide por centímetros lineales.
Sí, por supuesto que, con esos "progresistas", y esos "conservadores", y el señor Eugeni Gay en posición de cuerpo a tierra, el fallo hubiese podido ser peor. De todos modos, la sentencia supone un triunfo palmario de lo que debería llamarse la doctrina de la "inconstitucionalidad preventiva" o la "inconstitucionalidad por si acaso". Solo así puede entenderse que contenidos también presentes en otros Estatutos -la existencia de símbolos y atributos "nacionales" o de Consejos de Justicia autonómicos- no hayan sido ahí ni siquiera recurridos, mientras que en el texto catalán son anulados u objeto de interpretación restrictiva.
El mero hecho de que los magistrados hayan sentido la necesidad de invocar hasta ocho veces "la indisoluble unidad de la nación española" traiciona su miedo ante una "nación catalana", su recelo hacia la Generalitat, su desconfianza frente a las instituciones políticas catalanas, sospechosas de incubar arteros designios separatistas y proyectos de monolingüismo excluyente a los que era preciso poner coto preventivo. Haciéndolo así, los guardianes de la Constitución se han limitado a responder al ambiente mediático, cultural, social y político madrileño que es su líquido amniótico, su biotopo natural. No es que nos tengan manía, solo piensan que su misión histórica -aquello a lo que les instaban amigos, colegas, opinadores y convecinos- era la de cortar en seco veleidades soberanistas o confederales y presuntas persecuciones al castellano en Cataluña. Y eso creen haber hecho, aunque a medio plazo tal vez el tiro les salga por la culata.
En todo caso, el problema de fondo que subyace a la sentencia -la gravísima crisis de confianza recíproca, el alejamiento afectivo, el desapego, el sentimiento de humillación que albergan cientos de miles de catalanes-, todo esto no se arregla con una cumbre entre los presidentes Rodríguez Zapatero y Montilla para -según anunció el segundo- "rehacer el pacto estatutario y reforzar el pacto constitucional". Tampoco se resuelve echando mano del artículo 150.2 de la Constitución para arañarle al Estado alguna que otra delegación competencial. La política del peix al cove estuvo bien mientras parecía la alternativa timorata a las ambiciones épicas de un nuevo Estatuto. Pero, tras siete años de jugar a los almogávares, ahora no podemos, bajo el peso de la derrota, transmutarnos otra vez en fenicios.

El Pais 2 7 10

AUTONOMIA BAJO VIGILANCIA

Francesc-Marc Álvaro La Vanguardia

El veterano diario madrileño Abc E acertó ayer con el verbo elegido para describir lo ocurrido: "El TC purga el Estatut". Purgar tiene una acepción médica y una política, que remite a una de las peores prácticas del totalitarismo soviético, el de las purgas de personal sospechoso de desafección. En perspectiva española y españolista, el Estatut nació enfermo y debía ser purgado para que no infectara con su toxicidad la salud entera del Estado. Catalunya - siempre sospechosa de desafección-debía recibir adecuado tratamiento por haber osado explorar los límites del tablero de juego siguiendo escrupulosamente las reglas del mismo. La purga ha sido severa, profunda y de efectos devastadores en el organismo intervenido. Más de lo que parece.

Hay dos maneras de analizarla. La primera consiste en aplicar el método del vaso medio lleno/ medio vacío y, con ayuda de los técnicos constitucionalistas, ir contando las partes del tejido que han quedado a salvo y las que se han visto literalmente destruidas por la sustancia administrada. La segunda consiste en valorar la mera existencia de la sentencia del TC sobre el Estatut como la plasmación inequívoca de un golpe de timón constitucional que, a partir de ahora, pone a la autonomía catalana bajo estricta vigilancia; Catalunya es un cuerpo extraño, una anomalía, y como tal será tratada. Este cronista analiza los graves hechos que estamos viviendo a través de este segundo prisma.

Se nos ha dicho, con solemne retraso, que el Estatut votado por el Parlament, por las Cortes españolas y por la ciudadanía catalana en referéndum no vale, no sirve.

Nada parecido había ocurrido nunca desde la recuperación democrática. Repito: nada como esto. Que el TC sea un organismo averiado, carcomido por el partidismo y desprestigiado sólo añade color local - el del esperpento valleinclanesco - a la escena. Lo sustancial es que unos pocos magistrados, intérpretes supremos de la Constitución de 1978, tienen más fuerza que los legisladores y que el pueblo llamado a las urnas. La cuestión, claro está, es política, no jurídica. El que no vea en esta circunstancia una ruptura histórica de grandes dimensiones y efectos impredecibles debería acudir rápidamente al oftalmólogo. Se considere usted centralista, autonomista, federalista, independentista o indiferente, debe saber que, desde la tarde del lunes, hemos entrado en una etapa radicalmente nueva.

Es una ironía del calendario que todo esto pase cuando celebramos el centenario del nacimiento del historiador Jaume Vicens Vives, cuya obra Notícia de Catalunya está en la base del catalanismo surgido después de la Guerra Civil, el que buscaba el autogobierno y un nuevo pacto entre los catalanes y la España castellana, el que fue uno de los motores indispensables y más potentes de la transición. La sentencia del TC envía un mensaje claro: otra forma de hacer España no es posible, ni realizable ni pensable. La demanda catalana de más poder y más recursos es absolutamente indigerible para la cultura política española de hoy.

El único autonomismo válido para Catalunya será, desde ahora, el que pase los controles constantes de una vigilancia especial, regida por el principio de la sospecha. He aquí el proceloso mundo de los artículos estatutarios que son reinterpretados, siempre a la baja. Pero la férrea reacción uniformista que ha plasmado el TC es el peor favor que le pueden hacer a esa unidad española que tanto dicen defender. La encuesta de Noxa para La Vanguardia del pasado mayo indicaba que hasta un 37% de los catalanes votaría a favor de la independencia. ¿Cuántos independentistas crea la sentencia del TC? Por otro lado, el federalismo voluntarista del PSC pasa a ser, irremediablemente, una pieza de museo.

¿Qué hacer a partir de ahora? La celebración de elecciones es una salida imprescindible pero no suficiente. Porque el desafío al que se enfrentan la sociedad catalana y sus dirigentes es de tal amplitud, de tal densidad y de tal complejidad que no valen comparaciones ni analogías históricas. Además, la coincidencia de este cuadro de crisis institucional con la crisis económica tiene un doble efecto cruzado: aleja a los catalanes poco o nada catalanistas de cualquier discurso reivindicativo mientras da más argumentos no sentimentales a los catalanes catalanistas para desplazarse hacia el soberanismo. ¿Quién será capaz de armonizar los discursos que reclaman la crisis estatutaria y económica sin descoyuntarse? ¿Qué candidato a president será igual de convincente cuando hable de un gobierno eficaz y de un proyecto que nos saque del atolladero? Tengamos en cuenta tres fenómenos simultáneos: a) a pesar de sus debilidades y de sus fragmentaciones, el catalanismo es el único relato colectivo que da cierta consistencia a la sociedad catalana; b) el mundo catalanista se va desplazando hacia posiciones rupturistas, debido a la fatiga y a una creciente desconexión mental de España; y c) la sociedad catalana ajena al catalanismo vive la peripecia estatutaria como un ruido lejano e incomprensible, lo cual no excluye que el PP u otros grupos articulen eventuales apoyos a lo que representa la sentencia del TC. Así las cosas, la política catalana, amén de necesitar liderazgos que no teman decidir, debe superar

viernes, 21 de mayo de 2010

LA VERGUENZA TORERA

Pilar Rahola añadiendo leña al fuego.
PB

¿Qué más necesitan los Sala y los Gay Montalvo para encontrar una salida honrosa y dimitir?
Fracasa el trío de la Maestranza", sentenciaba ayer Enric Juliana, con buen tino. El trío eran los tres del Constitucional, amigos y residentes en la misma visión de España, amantes de las corridas de toros, y responsables de la peor ponencia del Estatut de todas las que han amenazado la moribunda Carta Magna catalana. Pero ni esta triunfó, ahogada en el pantano de las cuitas ideológicas que enlodan el desprestigiado tribunal. Es decir, ni un azañista convencido "del peligro catalán" y dos extensiones cósmicas de los sueños imperiales fueron capaces de conciliar un consenso básico. Y así, a la sexta, el tribunal volvió a perpetrar un sentido homenaje al esperpento valleinclanesco, hundido en su propia ineptitud. ¿Qué más necesita la presidenta María Emilia Casas para darse cuenta de que preside un tribunal desacreditado? ¿Qué más necesitan los Pascual Sala y los Eugeni Gay Montalvo para encontrar una salida honrosa a tanto despropósito, y dimitir de una vez? ¿Qué más necesita el tribunal entero para asumir que no es capaz (ni quizás es pertinente) de sentenciar toda una ley de leyes, nacida con el consenso de los órganos democráticos existentes? ¿En qué momento este tribunal pasó de ser un organismo que estudia aspectos técnicos de las leyes a convertirse en una especie de cuarta cámara que entraba en la locura de querer debatir el marco legal de todo un territorio? Y, visto lo visto, ¿aún no han llegado a la conclusión de que deberían declararse incapaces para debatir tamaña cuestión? Como no soy amante de los toros - muy al contrario-no acostumbro a usar su barroca retórica, pero algunos que abundan en dicho y tortuoso gusto, deben saber lo que es la vergüenza torera, cuya virtualidad pasa por una cierta dignidad de las actitudes. Dignidades que el tribunal, en su conjunto, perdió hace tiempo.

Ahora quieren correr, y para ello han cambiado el paso. Doña Emilia, cuyo encono en salvar no se sabe qué - porque es evidente que haga lo que haga el prestigio del tribunal es insalvable-sería encomiable, si no fuera patético, plantea la más temida de las opciones, poner la lupa artículo por artículo, discutir los acentos y las intenciones, y, por el camino de pasearse sobre la voluntad de los catalanes, buscar consensos menores que permitan el inalcanzable consenso mayor. Si lo uno era Guatemala lo otro es Guatepeor. Porque artículo por artículo, los ideológicamente más irreductibles van a ponerse las botas, y al final del Estatut no quedará ni el esqueleto. Pero no del Estatut que se debate. No quedará ni el esqueleto del Estatut de 1979, porque en esas están sus señorías. Aprovechando el Pisuerga del nuevo, para destripar las entrañas del viejo. Si nos descuidamos, estos señores van a cargarse el consenso de la transición política. Porque no es que no tengan vergüenza torera. Es que parecen haber perdido la vergüenza.

La Vanguardia 21 5 10

EL DILEMA ESPAÑOL

20-05-2010
EL DILEMA ESPAÑOL

El derecho colectivo al autogobierno de Catalunya presenta unas profundas e inequívocas raíces históricas que lo convierten en un caso especial en la política comparada de las realidades nacionales de todo el mundo. Como bien sabemos, la voluntad de preservar el autogobierno fue uno de los vectores de la historia medieval y moderna de Catalunya, que incluye innumerables guerras con Francia y dos guerras contra la monarquía hispánica. En el siglo XX, la voluntad de autogobierno de los catalanes cristalizó institucionalmente con la Mancomunitat, un embrión de gobierno nacional llamado a levantar el país a todos los niveles. La imposición de la dictadura del general Primo de Rivera puso fin a ese tímido episodio de libertad colectiva, pero en el año 1931, antes de que se aprobara la Constitución de la II República Española, se recuperó un espacio de autogobierno con la institución de la Generalitat. No es preciso enfatizar lo que supuso después para Catalunya la imposición de una dictadura y de un gobierno autoritario durante cuatro décadas.

Después de la gran manifestación unitaria de 1977, y siguiendo el guión de 1931, la Generalitat fue restablecida antes de que se aprobara la nueva Constitución democrática, como expresión de unos derechos históricos que en aquel momento no discutió nadie. Y un nuevo Estatut d’Autonomia pactado entre todos recibió un amplio apoyo popular en el referendo de 1979. Años después, la gran mayoría de fuerzas políticas catalanas se propuso reformar el Estatut para asegurar un reconocimiento nacional formal y un autogobierno de alto nivel competencial, simbólico e institucional en el nuevo escenario global. El resultado todos lo conocemos.

Afortunadamente, la historia no se repite, y Catalunya no se encuentra hoy a las puertas de una nueva imposición violenta que vaya a aniquilar su autogobierno. Pero Catalunya y con ella todo el Estado sí se encuentran en una encrucijada histórica decisiva que puede sellar (o no) el fracaso de España como proyecto político compartido y como una democracia de calidad capaz de acomodar su diversidad nacional interna. Con todos sus defectos, que las idealizaciones de la Transición pierden de vista, la Constitución de 1978 tuvo una virtud, que es la de abrir un marco flexible en el que cada comunidad autónoma pudiera encontrar el nivel de autogobierno más próximo posible a las características y aspiraciones de la sociedad respectiva. Un solo ejemplo bastará. La Constitución de 1978 establece el deber de conocer el castellano pero no prohíbe que una comunidad autónoma pueda establecer un deber de conocimiento análogo para su lengua propia, si en ese deber la comunidad ve tanto una garantía de sostenibilidad lingüística como una herramienta de integración social y de igualdad de oportunidades. En el Estatut de 1979 los catalanes fijaron el objetivo de llegar a la plena igualdad del catalán y del castellano "en cuanto a los derechos y deberes de los ciudadanos de Catalunya", y en el del 2006 los catalanes consideraron llegado el momento de concretar esa igualdad estableciendo para el catalán el deber que ya existe para el castellano. Si ahora resulta que este deber es inconstitucional o es interpretado de forma banal, o si se pone en duda el significativo éxito de integración que ha supuesto la inmersión lingüística, solo podemos concluir que el punto al que se nos quiere retornar se sitúa ni más ni menos que antes de 1979.

Mientras otras democracias del mundo desarrollado se esfuerzan en resolver su convivencia multinacional a través del reconocimiento constitucional de su pluralismo nacional interno y de varios modelos federales de autogobierno y de gobierno compartido, España corre el serio peligro de querer cerrar judicialmente un contencioso que solo puede abordarse, gestionarse y resolverse en términos políticos y con vocación de futuro. Con la anunciada sentencia de un Tribunal Constitucional caducado, dividido, deslegitimado e internacionalmente desprestigiado, es evidente que España se encuentra a las puertas de un episodio de estricta involución política y autonómica, con el peligro que supone la negación de las aspiraciones de reconocimiento y de autogobierno nacional de los catalanes. Si esas aspiraciones -que han sido formuladas con plena lealtad al ordenamiento jurídico, pactadas entre todos y refrendadas en las urnas- no caben en la Constitución, solo hay dos salidas posibles: o los catalanes renuncian a sus aspiraciones o renuncian a la Constitución; la evolución federal y plurinacional del Estado autonómico está hoy en peligro mortal. Los abajo firmantes, colaboradores de la prensa diaria catalana, de sensibilidades y talantes diferentes, queremos unir nuestras voces para dar a conocer a la opinión pública que la situación actual es excepcional y reclama gestos políticos excepcionales. La responsabilidad es, en primer lugar, de las instituciones y de los partidos políticos.

Los pactos deben ser respetados, especialmente cuando tienen, además, la legitimidad democrática de los ciudadanos. Si las instituciones y los partidos políticos no son capaces de encontrar una salida digna a la situación actual, la realidad obligará a los catalanes a elegir entre la involución y la secesión. Y huelga decir que si este se convierte al fin en el dilema, solo existirá una opción compatible con la historia y con las aspiraciones políticas de la mayoría de catalanes actuales.

Lo firman 62 articulistas catalanes.
Las adhesiones siguen abiertas.